Desalojos: inquilino puede demandar a dueños y exigir indemnización por molestias

El abogado Francisco Segura indicó que en abril, mayo y junio, el inquilino no puede ser desalojado de una propiedad por los alcances vigentes en la Ley de Emergencia por la cuarentena. Sin embargo, dijo que podrían darse dos escenarios diferentes con respecto a los alquileres, en caso de que el mismo no puede pagar la totalidad de la mensualidad.

En primer caso, puede salir sin otorgar ningún cargo fijado en el contrato (multas, pagar meses por adelantado), ya que está amparado por el artículo 426 del Código Civil, que establece “El deudor no será responsable de los daños e intereses que originan al acreedor por falta de cumplimiento de la obligación, cuando éstos resultaren de caso fortuito o fuerza mayor”

El segundo escenario sería que el inquilino decida quedarse pagando menos. No obstante, si no llega a un acuerdo con el dueño, por oponerse a acceder a la rebaja, lo puede demandar mediante el artículo 672 del Código Civil.

Expresa “En los contratos de ejecución diferida, si sobrevinieren circunstancias imprevisibles y extraordinarias que hicieren la prestación excesivamente onerosa, el deudor podrá pedir la resolución de los efectos del contrato pendientes de cumplimiento. La resolución no procederá cuando la onerosidad sobrevenida estuviera dentro del alea normal del contrato, o si el deudor fuere culpable. El demandado podrá evitar la resolución del contrato ofreciendo su modificación equitativa. Si el contrato fuere unilateral, el deudor podrá demandar la reducción de la prestación o modificación equitativa de la manera de ejecutarlo”

Una vez terminado el proceso judicial, el juez determina el porcentaje de la exoneración.

La Ley de Emergencia brinda al inquilino la posibilidad de pagar un mínimo del 40% y financiar el 60% del saldo de los meses abril, mayo y junio en un máximo periodo de 6 meses. Durante ese tiempo, hasta el 30 de junio, no puede ser desalojado.

Indemnización por Amenazas

El especialista explicó que se debe analizar profundamente la situación.

En caso de que el acreedor llame para negociar más del 40% del pago del alquiler, no es amenaza, es una presión legítima dentro del acuerdo de dos personas.

Por otra parte si el inquilino demuestra que hubo llamadas de amenazas, corte de luz y de agua, puede actuar según lo establecido en el artículo 1944 del código civil, que expresa “Quien turbare la posesión de otro o lo privare de ella, comete un acto ilícito, a menos que hubiere procedido autorizado por la ley”.

Constituye lo que se denomina una turbación de la posesión, el inquilino puede tomar acción mediante la intervención de un juez para que cesen las amedrentaciones.

Añadió en caso de que se llegue a la violencia, como un desalojo violento, el locatario puede tomar acción penal.

“Desde el punto de vista civil, la única acción que tiene el inquilino frente al propietario que lo presiona sería una acción posesoria si le quiere desalojar y pedir una indemnización de perjuicio en la misma acción posesoria que demanda, por las molestias que ha sufrido por parte del acreedor”, señaló Segura.

El inquilino afectado puede presentar su denuncia en el Juzgado de 1° Instancia Civil y Comercial correspondiente a la ciudad del domicilio fijado en el contrato.

Eventualmente si el despojo de la posesión es violento, es decir, rompieron ventanas, cortaron caños de agua, puede presentar denuncia de acto violento ante la Fiscalía.

Principio de incendio en un supermercado sobre la avenida Eusebio Ayala

Bomberos Voluntarios fueron alertados sobre un principio de incendio en el supermercado Luisito de la avenida Eusebio Ayala. El percance se habría registrado en la cocina, pero no pasó a mayores. Fue rápidamente controlado.

Según las primeras informaciones, los trabajadores se percataron del fuego en el interior de la cocina y dieron aviso.

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Se presume que las llamas iniciaron por un desperfecto en una de las freidoras utilizadas en el lugar, dato que aún no ha sido confirmado por los intervinientes.

Los bomberos llegaron rápidamente al lugar para sofocar las llamas, por lo que fue controlado y no pasó a mayores. No se registran heridos.

Todas las personas que se encontraban en interior del supermercado y los trabajadores fueron evacuados, al igual que los conductores que estaban en el estacionamiento subterráneo.

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Construcción del Gran Hospital del Sur avanza a buen ritmo y entra a su etapa final

El Ministerio de Obras Públicas informó que la construcción del Gran Hospital del Sur en el departamento de Itapúa alcanza un 89,47 % de avance físico general. Esta moderna infraestructura está destinada a proporcionar servicios sanitarios de primer nivel a la región sur del país.

El nuevo centro asistencial dispondrá de 232 camas censables, que incluyen terapias intensivas sectorizadas para adultos y niños. Los Servicios de Urgencias también están sectorizados en lo que es atención materno infantil, cirugía y trauma, es decir de forma independiente de acuerdo a cada tipo.

Con la habilitación de este Hospital se pretende llegar a una cobertura de más de 1.000.000 de habitantes, por lo que no solo apunta a brindar servicios a los ciudadanos del departamento de Itapúa, sino a todos los departamentos aledaños.

También contará con un helipuerto para traslado aéreo de pacientes en caso de necesidad.

El Gran Hospital del Sur está ubicado en un predio próximo al arroyo Porã, distrito de Encarnación, y cuenta con una superficie de terreno de más de 40.000 metros cuadrados.

El contrato abarca diferentes elementos en función a los parámetros mínimos a ser cumplidos para su diseño y construcción. Igualmente, comprende componentes como estacionamientos (10.000 m²), paisajismo, recreación, planta de tratamientos de efluentes, planta generadora de oxígeno y otros.

El establecimiento fue diseñado cumpliendo las recomendaciones de diseño de hospitales especificadas en las Normativas Vigentes de Arquitectura Hospitalaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS).

La empresa encargada, con una inversión de G. 209.994.116.609, es el Consorcio Hospitalario del Sur, conformado por la Sociedad Constructora Chaco S.A. (Barrail Hermanos S.A. de Construcciones, EISA y Ricardo Díaz Martínez).

La locomotora “El Inglés” cobró vida y revive la historia en Ypacaraí

Una nueva edición de “La Movida del Tren” se desarrolló este domingo en Ypacaraí donde la locomotora 60 “El Inglés” fue el principal atractivo, haciendo su reaparición y emocionando a la multitud presente.

La jornada contó con dos recorridos, a las 12:30 y a las 17:00, en los cuales Lidio Martínez, Aurelio Valdez y Luis López, los últimos locomotoristas y mecánicos de la ciudad, tuvieron el honor de poner en marcha la locomotora.

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La locomotora, que llegó a Ypacaraí desde Encarnación, había sido puesta en marcha por última vez hace unos nueve meses. Los encargados destacaron que “El Inglés” se encuentra en óptimas condiciones.

La temática de esta primera edición fue «San Juan a lo Yma», ofreciendo una variedad de actividades que atrajeron a turistas de todo el Paraguay y de países como Argentina, Brasil, Inglaterra, Estados Unidos, Venezuela y Bolivia. Los visitantes quedaron encantados con la ciudad y su hospitalidad.

“La Movida del Tren” es una actividad que viene impulsándose desde hace tiempo y planean convertirlo en un evento mensual diseñado para revitalizar la ciudad y atraer a turistas.

Continuará con eventos mensuales hasta noviembre, con el objetivo de transformar y revitalizar el centro histórico de Ypacaraí a través del arte y la cultura.